Destino Exóticas

Repoblación intensiva con especies invasoras en la Comunidad de Madrid

Liberación intensiva de truchas arco iris (Oncorhynchus mykiss) en la Comunidad de Madrid

La introducción de especies exóticas es ilegal

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

CAPÍTULO IV.

DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN DE LA FLORA, FAUNA Y ANIMALES DOMÉSTICOS.

Artículo 333. El que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses.

18 especies invasoras causan daños irreparables al delta del Ebro

El deterioro del humedal es "alarmante", destaca un informe de la Generalitat.

FERRAN BALSELLS - Tarragona - 30/08/2009

Código de buenas prácticas para aficionados a la jardinería

  1. Buscar información sobre cuáles son las especies exóticas invasoras en su región.
  2. Comprar y plantar sólo especies no invasoras.
  3. Planear modelos de paisaje compatibles con los ecosistemas regionales.
  4. Controlar que las plantas trepadoras y rastreras no traspasen los límites de su propiedad, principalmente si se encuentra próxima a áreas naturales.
  5. Arrancar las especies invasoras de su propiedad y substituirlas por especies no invasoras, compatibles con su terreno y sus necesidades.
  6. Animar a jardineros, productores y otros a abandonar el uso de plantas invasoras.
  7. Exigir de productores y comerciantes plantas sanas y libres de plagas y enfermedades.
  8. No intercambiar plantas invasoras o potencialmente invasoras con otros aficionados . En caso de duda seguir el principio de precaución y no intercambiarlas.
  9. Solicitar que los periodistas y las revistas especializadas en paisajismo y jardinería enfaticen el problema de las EEI, faciliten información sobre ellas y promuevan únicamente especies no invasoras .
  10. Colaborar con asociaciones de jardinería y paisajismo:
  • Creación de directrices relacionadas con el uso de especies invasoras
  • Participar en sistemas de detección temprana
  • Organizar charlas en asociaciones, escuelas y otros colectivos
  • Organizar grupos de trabajo en el vecindario para erradicación bajo la orientación de profesionales capacitados
  • Actuar como voluntarios en jardines botánicos y áreas naturales
  • Etc.

Puede buscar información en jardines botánicos, horticultores, entidades conservacionistas, agencias gubernamentales e instituciones de educación e investigación.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

 

LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Artículo 333.

El que introdujera o liberara especies de flora o fauna no autóctona, de modo que perjudique el equilibrio biológico, contraviniendo las Leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de flora o fauna, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses.

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